La inspección ambiental es el instrumento empleado por la Administración autonómica para garantizar una efectiva protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Los objetivos fundamentales de la inspección ambiental consisten en comprobar el grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones y evaluaciones ambientales, y detectar actuaciones no autorizadas ni evaluadas pero susceptibles de afectar negativamente al medio ambiente. Así mismo, la inspección realiza una importante labor preventiva facilitando información ambiental tanto a los operadores económicos como a los particulares, favoreciendo de esta manera una mayor concienciación en favor de la protección ambiental.
La Recomendación 2001/331/CE, de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones medioambientales en los Estados miembros, contempló por primera vez a nivel europeo la necesidad de planificar las inspecciones antes de realizarlas. Así, se preveía el establecimiento de planes de inspección y fijaba criterios generales sobre el alcance, el contenido mínimo de los planes y la base sobre la que debían desarrollarse.
El artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales, obliga a los Estados miembros a contar con un sistema de inspección ambiental que incluya el análisis de toda la gama de efectos medioambientales relevantes de las instalaciones.
La transposición de esta Directiva se recoge actualmente en del Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre y el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.
Por otra parte, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados indica que están sujetos a inspecciones periódicas por las autoridades competentes las instalaciones y empresas productoras y gestoras de residuos (gestores autorizados para el tratamiento, transportistas, negociantes y agentes), los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de producto y las operaciones de recogida y transporte de residuos.
Asimismo, el Reglamento (CE) 1013/2006, relativo a los traslados de residuos obliga a los Estados Miembros a realizar inspecciones en el ámbito de los traslados transfronterizos de residuos, tanto en instalaciones y empresas que importan o exportan residuos, como durante el traslado de residuos.
Los instrumentos básicos de la inspección ambiental lo constituyen el Plan y los programas de Inspección ambiental.
El Plan de Inspección Ambiental de Castilla y León tiene una vigencia de tres años 2020-2022. La ejecución del Plan de Inspección se lleva a cabo mediante Programas de Inspección Anuales, en los que se fijan las actuaciones que se van a desarrollar para cada área de inspección