De acuerdo con del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, para garantizar el efectivo cumplimiento de la normativa ambiental, se precisa el desarrollo de un programa de inspección que tenga como objetivo básico la revisión periódica de las instalaciones afectadas por esta norma.
En el Reglamento de emisiones industriales se desarrolló esta obligación, donde se determina entre otras cosas:
- Que la periodicidad de estas inspecciones estará vinculada al riesgo ambiental de las instalaciones y como máximo, cada tres años se efectuará una inspección presencial.
- Que la inspección se realizará sobre la base de una planificación trienal y unos programas anuales.
De acuerdo con la Ley 22/2011 de 28 de Julio de residuos y suelos contaminados las entidades y empresas que lleven a cabo operaciones de tratamiento de residuos, las que recojan o transporten residuos con carácter profesional, los agentes y negociantes y los establecimientos y empresas que produzcan residuos, estarán sujetos a las inspecciones periódicas que las autoridades competentes estimen adecuadas.
Así mismo, los sistemas de aplicación de la responsabilidad ampliada del productor del producto estarán sujetos a las inspecciones periódicas adecuadas efectuadas por las autoridades competentes en el territorio en el que hayan desarrollado su actividad
El órgano competente podrá comprobar en cualquier momento que se cumplen los requisitos para el mantenimiento de las autorizaciones otorgadas y para continuar la actividad prevista en las comunicaciones según lo previsto en esta Ley.
Las inspecciones ambientales en Castilla y León se realizan por inspectores debidamente acreditados:
ORDEN FYM/627/2020, de 18 de junio, (361 kbytes)
por la que se designa al personal encargado de realizar las funciones de inspección en materia medioambiental, y se aprueba el modelo de su tarjeta acreditativa en Castilla y León.
Después de cada visita de inspección, los órganos competentes elaboran un informe sobre la actuación realizada en el que incluyen las conclusiones relativas al cumplimiento de la normativa ambiental y, en su caso, de la autorización de la instalación, así como respecto a cualquier ulterior actuación necesaria.
En el caso de instalaciones sujetas a autorización ambiental, los informes de inspección se deben poner a disposición del público y, en Castilla y León, se pueden consultar a través del siguiente buscador: