Mediante el
Decreto 16/2024, de 29 de agosto
se creó y reguló la figura de Organismo de Control Ambiental Acreditado (OCAA) para la realización de actuaciones materiales de inspección ambiental en nombre de la Administración de Castilla y León. El decreto establece además el régimen y procedimiento para realizar dichas actuaciones materiales de inspección.
Los OCAA deberán estar inscritos en el Registro de Organismos de Control Ambiental Acreditados de Castilla y León establecido y regulado en este Decreto. Asimismo el Registro estará adscrito a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, que tiene competencias para la inspección y control en materia de calidad ambiental, y tiene carácter administrativo y público.
La inscripción en el Registro supone el reconocimiento público de que el Organismo de Control ha sido facultado como OCAA para llevar a cabo, a partir de dicho momento, actuaciones materiales de inspección y control ambiental de actividades e instalaciones en nombre de la Administración de Castilla y León.
De los tipos de inspecciones ambientales recogidas en el art.17 del Decreto 16/2024, de 29 de agosto, desarrolladas con la participación de los OCAA e iniciadas a demanda de los titulares de instalaciones en régimen de autorización ambiental integrada o IPPC, se referirán inicialmente al apartado 2.a) de dicho artículo:
- La inspección de comprobación una vez comunicada el inicio, total o parcial, de una actividad nueva autorizada, de una modificación sustancial, o por la revisión de oficio para adaptación a las MTD de un sector.
- La inspección de comprobación y control periódico de actividades.
Registro oficial de Organismos de Control Ambiental acreditados de Castilla y León
Podrán solicitar su inscripción en este Registro todos aquellos Organismos de Control que pretendan realizar actuaciones materiales de inspección ambiental de actividades e instalaciones en la Comunidad de Castilla y León, cumpliendo previamente los requisitos del art. 5 del Decreto 16/2024, de 29 de agosto.
El procedimiento se iniciará mediante la presentación de la solicitud que irá dirigida a la persona titular de la Dirección General, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León:
Inscripción en el Registro de Organismos de Control Ambiental Acreditados (OCAA)
Se adjuntará la documentación que se detalla a continuación:
- Certificación de estar inscrito en el Registro Integrado Industrial como Organismo de Control.
- Certificado expedido por la Entidad Nacional de Acreditación en España (ENAC) u órgano equivalente de otro estado miembro de la Unión Europea como entidad de inspección conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 para la realización de inspecciones en el área de medio ambiente, así como para los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos por la Dirección General y a los que se refiere la disposición final primera.
- Relación del personal en plantilla que realice funciones de inspección en el área de medio ambiente, donde conste la titulación académica y la experiencia profesional en la materia.
- Documentación acreditativa de que el seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubre su responsabilidad civil como Organismo de Control, incluye las actuaciones materiales de inspección que realice en el ámbito de este Decreto.
Procedimientos de evaluación de la conformidad
El Decreto 16/2024, prevé la aprobación de procedimientos de evaluación de la conformidad para diferentes ámbitos. Los procedimientos de evaluación de la conformidad se definen como los protocolos de inspección ambiental, aprobados por la Dirección General competente en esta materia, para verificar el cumplimiento de la legalidad ambiental y de las condiciones particulares de la autorización de instalaciones o actividades, indicando que podrán tener un ámbito de aplicación general o particular en función de la normativa o de la tipología de las actividades o instalaciones afectadas.
RESOLUCIÓN de la DG de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, por la que se aprueban los PEC para las actuaciones materiales de inspección ambiental encomendadas a los OCAA establecidas en el Decreto 16/2024 (151 kbytes)
En una primera fase, se abordan las siguientes tipologías de instalaciones IPPC, las cuales están incluidas en los Anexos I y II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre:
- Explotaciones ganaderas (PEC-EG):
Procedimiento evaluación de la conformidad en EXPLOTACIONES GANADERAS IPPC (964 kbytes)
- Instalaciones industriales y/o gestores de residuos (PEC-IG):
Procedimiento evaluación de la conformidad en INSTALACIONES IPPC INDUSTRIALES Y GESTORES DE RESIDUOS (894 kbytes)
Procedimiento evaluación de la conformidad en VERTEDEROS IPPC (899 kbytes)