Fin de la condición de residuo en procesos de elaboración de productos fertilizantes
Fecha de publicación:
6 de mayo de 2025
Fuente:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Descripción:
El MAPA y el MITERD ha elaborado conjuntamente la “nota interpretativa sobre la aplicación del fin de la condición de residuo en procesos de elaboración de productos fertilizantes conforme al Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.”
Contenido:
El 25 de abril de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) juntamente con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) elaboraron la “nota interpretativa sobre la aplicación del fin de la condición de residuo en procesos de elaboración de productos fertilizantes conforme al Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.”
Nota interpretativa FCR Productos Fertilizantes 25.04.2025 (211 kbytes)
Esta nota interpretativa tiene por objeto aclarar cuándo se considera que un residuo puede emplearse para la fabricación de un producto fertilizante nacional y así alcanzar el fin de la condición de residuo conforme a la normativa vigente. En concreto, se explica las condiciones en las que el compost y el digerido dejan de ser residuo si forman parten de un producto fertilizante regulado en el
Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes
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En la página web de la Junta de Castilla y León, se puede encontrar más información a este respecto:
Compostaje de residuos
Digestión anaerobia de residuos