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Operaciones de gestión de residuos

El artículo 2.ñ de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular   define la gestión de residuos como la recogida, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la clasificación y otras operaciones previas; así como la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento posterior al cierre de los vertederos. Se incluyen también las actuaciones realizadas en calidad de negociante o agente.

Instalaciones y operaciones de gestión de residuos sujetas a autorización

Las actividades de tratamiento (valorización y eliminación) de residuos están sujetas al trámite de autorización según lo regulado en el artículo 33 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, salvo aquellas que estén exentas en aplicación del artículo 34 de la citada ley.

Así, el tratamiento de residuos (incluido el almacenamiento) en una instalación fija deberá contar con las siguientes autorizaciones:

El tratamiento de residuos en una instalación móvil está sujeto a lo dispuesto en el artículo 33.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril. De este modo, las plantas móviles (ejemplo: plantas móviles para tratar residuos de construcción y demolición) deberán:

  • contar con la autorización otorgada por la comunidad autónoma donde tenga la sede social la persona física o jurídica propietaria de las mismas
  • ser operadas por personas físicas o jurídicas (gestor o explotador) que cuenten con la autorización establecida en el art. 33.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril
  • realizar una comunicación previa ante cada comunidad autónoma donde vaya a realizarse la operación de tratamiento de residuos (esta comunicación debe realizarse como el gestor o explotador)

Las personas físicas o jurídicas que pretendan realizar operaciones de tratamiento de residuos sin instalación asociada, tal es el caso de la aplicación agrícola de residuos (operación codificada como R1001), deberán contar con la autorización regulada en el art. 33.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, según determina el artículo 33.4 de la referida ley. Además, deberán realizar una comunicación previa en cada comunidad autónoma donde se lleve a cabo dicha operación de tratamiento. Para más información a este respecto, puede consultar el siguiente enlace Aplicación al terreno de residuos .

La información sobre los citados procedimientos administrativos se encuentra disponible en el siguiente enlace  Solicitudes de autorización y comunicaciones previas de residuos

Instalaciones y operaciones de gestión de residuos sujetas a comunicación previa

Las entidades o empresas que transporten ( Comunicación previa de transporte de residuos   residuos con carácter profesional, los negociantes ( Comunicación previa de negociante de residuos ) y los agentes ( Comunicación previa de agente de residuos ) deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades.

Asimismo, las siguientes actividades precisan de comunicación previa:

  • Actividades reguladas en los artículos 33.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril. Ejemplo: aplicación agrícola de residuos (se debe de realiza una comunicación previa a la comunidad autónoma donde vaya a realizarse la operación. Para más información sobre esta actividad puede consultar el siguiente enlace Aplicación al terreno de residuos ).
  • Actividades reguladas en los artículos 33.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril. Ejemplo: plantas móviles de tratamiento de residuos de construcción y demolición (se debe de realiza una comunicación previa a la comunidad autónoma donde vaya a realizarse la operación.).
  • Actividades exentas de autorización reguladas en el artículo 33.4 34 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
  • Almacenamiento de residuos en plataformas logísticas de la distribución como consecuencia de la logística inversa ( Comunicación previa de plataforma logística de la distribución como consecuencia de la logística inversa ).

En cuanto a las actividades exentas de autorización reguladas en el artículo 34 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se encuentran las siguientes:

  • La eliminación de los propios residuos no peligrosos en el lugar de producción o la valorización de residuos no peligrosos, siempre y cuando se regule la exención en la correspondiente orden ministerial. Ejemplo: valorización de materiales naturales excavados en operaciones de relleno y obras distintas de aquellas en las que se generaron según lo establecido en la  Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, .
  • Las instalaciones o partes de las mismas utilizadas para la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos así como las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo dichas instalaciones.

La información sobre los citados procedimientos administrativos se encuentra disponible en la siguiente url  Solicitudes de autorización y comunicaciones previas de residuos

Operaciones de tratamiento de residuos

Las operaciones de tratamiento de residuos son las operaciones de valorización o eliminación de residuos, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación.

La valorización de residuos es cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. En el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de valorización. Estas operaciones se codifican con un código de 5 cifras que comienza con R.

Tal y como define el artículo 2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, entre las operaciones de valorización de residuos se incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Preparación para la reutilización
  • Reciclado
  • Regeneración de aceites usados
  • Relleno

La eliminación de residuos es cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o materiales, siempre que estos no superen el 50 % en peso del residuo tratado, o el aprovechamiento de energía. En el anexo III de la Ley 7/2022, de 8 de abril se recoge una lista no exhaustiva de operaciones de eliminación. Estas operaciones se codifican con un código de 5 cifras que comienza con D.

El almacenamiento de residuos también es una operación de tratamiento. En función de la operación de tratamiento final de los residuos, el almacenamiento puede ser considera una operación de valorización (R13) o de eliminación (R15).

Materiales resultantes del tratamiento de residuos

Como resultado de las operaciones de eliminación de residuos se obtienen, en todo caso, residuos.

Sin embargo, como resultado de las operaciones de valorización de residuos se pueden obtener residuos y/o no residuos (productos). A este respecto, la Ley 7/2022, de 8 de abril regula las siguientes cuestiones:

  • Operaciones de valorización material que permiten obtener materiales que no tienen la condición de residuos (definiciones incluidas en el artículo 2).
  • Condiciones necesarias para que los residuos sometidos a un proceso de valorización alcancen en fin de la condición de residuo (artículo 5). Para más información, puede consultar el siguiente apartado de nuestra web  Fin de la condición de residuo .

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado la siguiente nota interpretativa sobre la consideración como residuo o no de los materiales resultantes de una operación de valorización Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaNota interpretativa Residuo-No residuo Op. Valorización (138 kbytes)