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Presentación de declaraciones de PCB y aparatos que los contengan sujetos a inventario

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Fecha de publicación:

17 de enero de 2025

Fuente:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Descripción:

Antes del 1 de marzo se debe de presentar el Anexo I del Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los Policlorobifenilos, Policloroterfenilos y aparatos que los contengan

Contenido:

Hasta el 1 de marzo estará abierto el plazo para la presentación de la declaración de PCB y aparatos que lo contengan, sujetos a inventario, con el contenido y formatos establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1378/1999

Están obligados a entregar dicha declaración los poseedores de PCB, cuyos centros estén ubicados en Castilla y León, que posean aparatos con un volumen de PCB superior a 0,05 dm3, cuando la concentración de PCB en el fluido aislante sea superior a 50 ppm en peso.

Toda la información sobre este trámite está disponible en el siguiente enlace:

Declaración de policlorobifenilos (PCB) y aparatos que los contengan