El desamiantado o descontaminación de amianto, es el proceso mediante el cual se retiran de forma segura y controlada los materiales con contenido en amianto en industrias, buques, edificios, etc. y se descontamina la zona, asegurando que no queden en ella ni restos ni fibras de amianto, de forma que el área de la actuación sea un lugar seguro al finalizar.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece para las obras de demolición la obligación de retirar y manejar de manera segura las sustancias peligrosas, en particular el amianto, prohibiendo su mezcla con otros residuos (artículo 30.1.).
Los trabajos de retirada y descontaminación de amianto siempre deben ser ejecutados por empresas especializadas, que cuenten con trabajadores con formación específica para tal fin y con los medios de seguridad (individuales y colectivos) requeridos para realizar dichas tareas.
En las obras de desamiantado habitualmente intervienen las siguientes figuras:
- Promotor: titular del inmueble objeto de la obra o titular de la licencia urbanística (en el caso de que se precise)
- Empresa constructora que realiza la obra de construcción o demolición principal. En ocasiones, esta empresa se encarga también del desamiantado (si está habilitada para ello), mientras que en otros casos, subcontrata a una empresa especialista en desamiantado.
- Empresa desamiantadora.
El coste de la gestión de los residuos de amianto debe repercutirse, en último término, en el promotor de la obra.
A continuación se detalla cómo se deben considerar estas tres figuras a los efectos del cumplimiento de la normativa en materia de residuos, en particular, en los siguientes aspectos
Normativa general sobre residuos.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, define como productor de residuos a “cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos [...]”.
Puesto que en la actividad de desamiantado se generan residuos peligrosos, la persona física o jurídica que ejerce dicha actividad (empresa desamiantadora) se considera productora de residuos peligrosos.
Por ello, debe cumplir las obligaciones que establece la ley en relación a la producción de residuos peligrosos, entre ellas, presentar a la Administración una comunicación previa de actividad productora de residuos (art 35), y las relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado (art. 21).
Normativa sobre residuos de construcción y demolición.
El desamiantado se considera una obra de construcción o demolición, según la definición del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (artículo 2.c.1º):
- La construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble […]
Los residuos de amianto generados se consideran residuos de construcción y demolición y se identifican mediante los siguientes códigos de la Lista Europea de Residuos establecida en la
Decisión 2000/532/CE de la Comisión de 3 de mayo de 2000
.
- 17 06 01* materiales de aislamiento que contienen amianto.
- 17 06 05* materiales de construcción que contienen amianto.
El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, define las figuras de poseedor y productor de residuos de construcción y demolición, y establece para ellos una serie de obligaciones. En el caso de las obras de desamiantado estas figuras son las siguientes:
Obras de desamiantado: figuras según el RD 105/2008
Figura |
Definición |
Obligaciones |
En operaciones de desamiantado
|
Poseedor de RCD |
Art 2.f. |
Art. 5 |
Empresa constructora cuando ésta realiza el desamiantado
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Poseedor de RCD |
Art 2.f. |
Art. 5 |
Subcontratista especialista en desamiantado, si la constructora de la obra subcontrata el desamiantado
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Productor de RCD |
Art 2.e. |
Art.4 |
El titular de la licencia urbanística, si la obra precisa licencia urbanística
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Productor de RCD |
Art 2.e. |
Art.4 |
El titular del inmueble objeto de la obra, si la obra no precisa licencia urbanística
|
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Más información en el apartado de esta web:
Residuos de construcción y demolición
.
Normativa sobre traslados de residuos
En el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, se identifican las distintas figuras que intervienen en un traslado de residuos: operador del traslado, origen del traslado, transportista, destino del traslado.
Para más información sobre esta norma puede consultar el apartado web
Traslados de residuos en el interior del territorio del Estado
.
La Disposición adicional cuarta del real decreto determina que
- En el caso de traslados de residuos de construcción y demolición, tendrá la consideración de productor inicial el poseedor de residuos definido en el artículo 2.f. del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Por tanto, en un traslado de residuos de construcción y demolición y, en particular, de residuos de amianto, el operador de traslado y productor inicial (origen del residuo) es la empresa que realiza el desamiantado.
En la siguientes tabla se resume cómo se consideran las diferentes figuras en las tres normas citadas:
Obras: figuras según RD RCD, LRSC y RD traslados.
Empresa |
RD 105/2008 (RCD) |
Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular |
RD 553/2020 (traslados de residuos)
|
Titular de la inmueble o de la licencia urbanística |
Productor de RCD |
--- |
----
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Empresa constructora de la obra principal que subcontrata el desamiantado |
Poseedor de RCD |
Productora del residuo para los residuos generados en la obra principal (no para los residuos de amianto) |
---
|
Empresa desamiantadora |
Poseedor de RCD |
Productora de los residuos de amianto |
Operador del traslado (en su calidad de productor) y origen del traslado
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Empresa constructora-desamiantadora (realiza obra principal y desamiantado) |
Poseedor de RCD |
Productora de todos los residuos generados en la obra (incluyendo los de amianto) |
Operador del traslado (en su calidad de productor) y origen del traslado
|
Descarga la tabla Obras: figuras según RD RCD, LRSC y RD traslados. en formato Excel