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Notificación previa de traslados

Notificación previa de traslado: objeto, ¿cuándo debe presentarse?

¿Cuál es el objeto de la notificación previa de traslado?

Determinados movimientos y traslados de residuos, debido a la naturaleza de los residuos o al tratamiento al que se someterán, deben ponerse previamente en conocimiento de las administraciones afectadas, con el fin de que puedan, si hay razones que lo justifican, oponerse a los mismos.

¿Cuándo se debe realizar una notificación previa?

Este requisito afecta tanto a los movimientos de residuos en el interior del territorio de Castilla y León, como a los traslados de residuos entre dos comunidades autónomas, en los siguientes casos:

  1. Todos los movimientos y traslados de residuos peligrosos.
  2. Los movimientos y traslados de residuos no peligrosos en los siguientes supuestos:
    • Cuando los residuos se destinan a eliminación.
    • Cuando se trata de residuos domésticos mezclados (LER 200301) destinados a valorización.

Excepción: no están sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas los traslados de residuos destinados expresamente a análisis de laboratorio para evaluar sus características físicas o químicas o para determinar su idoneidad para operaciones de valorización o eliminación.

¿Cuándo se debe presentar de nuevo una notificación previa?

Deberá efectuarse una nueva notificación en los siguientes casos:

  • cuando se haya trasladado la cantidad de residuos notificada en la notificación inicial.
  • cuando se produzca algún cambio en los datos esenciales incluidos en la notificación: operador del traslado, origen del traslado, destino del traslado, empresa que realiza las operaciones de tratamiento, LER u operación de tratamiento del residuo.
  • cuando haya transcurrido el plazo de vigencia de la notificación previa inicial.
Tipos de notificaciones previas: individuales/generales; INTRA/INTER

Notificaciones de traslado individuales y generales

Las notificaciones de traslado pueden ser:

  • Individuales: se presentan para un único traslado de residuos.
  • Generales (múltiples): sirven para varios traslados de residuos, siempre que estos tengan similares características físicas y químicas (mismo código LER) y se destinen a un mismo destinatario e instalación. Tienen una vigencia máxima de tres años.

Notificaciones de traslado INTRA e INTER.

Podemos distinguir dos tipos de notificaciones previas de traslado:

  • NT INTRA: se emplean en movimientos de residuos en el interior del territorio de Castilla y León (origen y destino en la Comunidad Autónoma)
  • NT INTER: se utilizan en traslados de residuos entre Castilla y León y otra Comunidad Autónoma (origen en Castilla y León y destino en otra Comunidad Autónoma, u origen en otra Comunidad Autónoma y destino en Castilla y León).

En los siguientes apartados de esta página se detalla el procedimiento de presentación a la Administración de cada uno de estos tipos de NT.

Una vez realizada la NT, ¿cuándo se puede efectuar el traslado?: plazos, oposición al traslado, y suspensión de la notificación.

Una vez presentada la notificación previa a la Administración, se podrá efectuar el traslado, siempre que los órganos competentes de las comunidades autónomas de origen y de destino no hubieran solicitado información o documentación complementaria, subsanación de errores, o no hubieran manifestado su oposición al traslado:

  • De manera general, transcurridos 10 días desde la fecha del acuse de recibo de la NT que la Administración entrega al operador
  • En los supuestos de traslados urgentes* motivados por razones de fuerza mayor, accidentes u otras situaciones de emergencia, transcurridos 2 días desde la fecha del acuse de recibo.

*Nota: si se presenta una notificación con carácter urgente sin justificar adecuadamente el carácter de urgencia, las autoridades competentes podrán suspender la vigencia de la notificación.

Las comunidades autónomas de origen o de destino se pueden oponer al traslado por alguno de los motivos recogidos en el artículo 31 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular o en el artículo 9 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio.

Por otra parte, las comunidades autónomas pueden suspender la vigencia de la notificación previa cuando tengan conocimiento de:

  • La identificación o la composición de los residuos no se corresponde con la notificada
  • La valorización o la eliminación de los residuos no se lleva a cabo conforme a la autorización de la instalación de tratamiento que realiza dicha operación.
  • No se ha justificado adecuadamente las razones de fuerza mayor, accidente u otras situaciones de emergencia en caso de traslados urgentes.

Cuando se suspenda la vigencia de una notificación previa, no se podrán realizar traslados asociados dicha notificación.

Notificaciones previas de movimientos de residuos en el interior de Castilla y León (INTRA)

Aviso

A lo largo de 2024 la presentación de los documentos de traslados INTRA (NT y DI) pasará a realizarse a través de ESIR, del siguiente modo:

•           De 1/01/2024 a 31/03/2024: la presentación de documentos INTRA se podrá realizar tanto mediante la aplicación autonómica eDCS como a través de la plataforma estatal eSIR.

  • De 01/04/2024 a 30/04/2024: presentación de NT INTRA exclusivamente a través de eSIR. Los DI INTRA se podrán presentar a través de las plataformas eDCS o eSIR.

•           A partir de 01/05/2024: presentación de documentos de traslado INTRA exclusivamente a través de ESIR. De este modo, se unificará el procedimiento de presentación de todos los documentos de traslado sujetos a notificación previa con origen o destino en Castilla y León.

Importante: Antes del 01/04/2024 se deberán presentar de nuevo en eSIR las NT que sigan aún vigentes, ya que no existe posibilidad de migrar las NT guardadas desde la aplicación eDCS a la plataforma del MITERD. Por este mismo motivo, se recomienda que las nuevas NT se presenten ya directamente a través de eSIR.

Más información:  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaPresentación de documentos de traslados INTRA a través de eSIR (191 kbytes)

Procedimiento de presentación a través de eSIR

Se detalla en el apartado "Notificaciones.. INTER" de esta página.

Procedimiento de presentación a través de eDCS.

  • Los operadores de los traslados deben presentar, a través de la aplicación informática eDCS, una notificación previa con el contenido especificado en el anexo II del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio.
  • La presentación se debe realizar, al menos, 10 antes de que se lleve a cabo el traslado (en el caso de notificaciones individuales) o el primer traslado (para notificaciones generales).
  • Una vez presentada la NT, cuando haya transcurrido un mínimo de 10 días sin que las Comunidad de Castilla y León se haya opuesto al traslado o sin que haya solicitado la subsanación de la NT o el envío de información complementaria, el traslado se podrá realizar. La NT aparecerá en la aplicación eDCS en estado “AC” (aceptado).
  • El operador guardará las notificaciones previas durante, al menos, tres años desde que finalice su vigencia.
  • Para conocer cuándo debe presentar una nueva NT para el traslado, consulte el apartado de esta página ¿Cuándo se debe presentar de nuevo una notificación previa?

Acceso a la aplicación eDCS

Formato del documento en la aplicación eDCS

La presentación a través de la aplicación eDCS se puede realizar:

  • Cumplimentando el formulario integrado en la aplicación
  • Enviando un documento XML en formato e3l. Para ello, el usuario deberá adaptar su software según las especificaciones recogidas en esta web:  MITERD Esquemas e3l y guía e3G
Notificaciones previas de traslados de residuos entre dos Comunidades Autónomas, con origen o destino en Castilla y León (INTER)

La Comunidad de Castilla y León ha optado por que la tramitación electrónica del procedimiento de traslados entre Comunidades Autónomas (INTER) se realice a través del procedimiento habilitado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), conforme a lo establecido en la Disposición Adicional primera del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio

En consecuencia, todas las Notificaciones previas de los traslados entre Castilla y León y otra comunidad Autónoma, se deben presentar obligatoriamente a través de la plataforma ESIR del MITERD.

Procedimiento de presentación

  • Los operadores de los traslados deben presentar una notificación previa con el contenido especificado en el anexo II del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio.

Esta presentación se realizará, al menos, 10 días antes de que se lleve a cabo el traslado (en el caso de notificaciones individuales) o el primer traslado (para notificaciones generales).

La vía de presentación será la que haya establecido por la Comunidad Autónoma origen del residuo, con base en las Disposiciones adicionales primera y segunda del citado real decreto.

Para conocer el procedimiento de envío de las NT que se emplea en su comunidad autónoma, consulte la siguiente página:  MITERD. Procedimiento sobre Traslado de residuos en el interior del territorio del Estado

En el caso de traslados con origen en la Comunidad de Castilla y León, la NT se debe remitir a través de la plataforma eSIR.

  • La NT se validará frente al Registro de producción y gestión de residuos y se incorporará al repositorio de traslados. Una vez validada, la sede electrónica del Ministerio emitirá un acuse de recibo al operador, y distribuirá la NT a las comunidades autónomas de origen y de destino.
  • A partir de la fecha del acuse de recibo, las comunidades autónomas de origen y destino dispondrán de diez días para manifestar su oposición al traslado, o para requerir documentación complementaria o subsanación de errores de la NT. Este plazo se reduce a dos días, en el caso de traslados urgentes motivados por razones de fuerza mayor, accidentes u otras situaciones de emergencia debidamente justificados.
  • Para más información, consulte el apartado ¿Cuándo se puede efectuar el traslado? de esta página y la “Guía de traslados entre Comunidades Autónomas eSIR” de  MITERD. Procedimiento sobre Traslado de residuos en el interior del territorio del Estado
  • El operador guardará las notificaciones previas durante, al menos, tres años desde que finalice su vigencia.
Normativa aplicable
Especificaciones e3l
Lenguaje E3L. Intercambio electrónico de información medioambiental:  Especificaciones e3l