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Notificación previa de traslado

Objeto

Realizar una notificación previa a las comunidades de origen y de destino, de determinados tipos de movimientos y traslados de residuos que, por la naturaleza de los residuos o por el tratamiento al que se someterán, deben ser previamente puestos en conocimiento de las administraciones afectadas, con el fin de que puedan, si hay razones que lo justifican, oponerse a los mismos.

Este requisito afecta tanto a los movimientos de residuos en el interior del territorio de Castilla y León, como a los traslados de residuos entre dos comunidades autónomas, en los siguientes casos:

  1. Todos los movimientos y traslados de residuos peligrosos.
  2. Los movimientos y traslados de residuos no peligrosos en los siguientes supuestos:
    • Cuando los residuos se destinan a eliminación.
    • Cuando se trata de residuos domésticos mezclados (LER 200301) destinados a valorización.

Excepciones: no están sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas los traslados y movimientos de residuos indicados en el artículo 3.3. del Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo.

Con el objetivo de simplificación, se puede realizar una notificación general, con una vigencia máxima de tres años, para residuos de similares características físicas y químicas (mismo código LER) que vayan a un mismo destinatario e instalación.

¿Quiénes deben efectuar la notificación previa al traslado?

Los operadores de los movimientos o traslados de residuos mencionados en el apartado anterior. El operador de traslado es la persona física o jurídica que pretende trasladar o hacer trasladar residuos para su tratamiento.

A quién va dirigida

Se debe remitir la notificación previa a las autoridades competentes de las comunidades autónomas de origen y de destino del traslado.

Para movimientos o traslados de residuos sometidos a notificación previa con origen o destino Castilla y León, la notificación se dirigirá a:

Servicio de Residuos y Suelos Contaminados

Documento. Lugar y forma de presentación

Notificaciones previas de movimientos de residuos en el interior de Castilla y León (INTRA).

La presentación se realizará por vía electrónica a través de la aplicación informática EDCS

Electrónico:  Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos    

Acceso al trámite/servicio:  EDCS    

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaNT acceso y presentación (785 kbytes)

Notificaciones previas de traslados de residuos entre dos Comunidades Autónomas, con origen  o destino en Castilla y León (INTER).

Hasta que los procedimientos y documentos de traslado se adapten a lo previsto en el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, en Castilla y León se aplicará lo siguiente:

  1. Para las notificaciones previas individuales de traslados de residuos peligrosos se admitirá el formato de notificación previa existente (documento electrónico en formato xml e3l v 2.3.), que se podrá remitir por correo electrónico a la dirección notificacion_residuos@jcyl.es
  2. De manera general y, en cualquier caso para notificaciones previas individuales de traslados de residuos no peligrosos, y para notificaciones múltiples de traslados (tanto de residuos peligrosos como de no peligrosos).

La notificación previa deberá tener el contenido especificado en el anexo II del Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo.

Hasta que se apruebe y publique el formato definitivo estandarizado para todo el territorio del Estado, en Castilla y León se empleará preferiblemente el siguiente  Descarga del documento tipo DOCX. Abre una nueva ventanaModelo NT (27 kbytes)   y Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaNT instrucciones cumplimentación (477 kbytes) .

La presentación de las notificaciones previas INTER (apartado B) durante este periodo transitorio se realizará de modo:

Presencial

Preferentemente, empléese para la presentación el telefax oficial: 983 419 854/ 983 418 994

Plazo de presentación

Se debe presentar con una antelación mínima de 10 días a la fecha prevista del movimiento o traslado (del primer movimiento o traslado, en el caso de notificaciones múltiples).

Normativa aplicable

  • Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE 29/07/2011)
  • Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado (BOE 07/04/2015) Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Real Decreto 180/2015

Información adicional

Se podrá efectuar el movimiento o traslado del residuo si, transcurridos diez días desde la presentación de la notificación previa, los órganos competentes de las comunidades autónomas de origen y de destino no hubieran solicitado información o documentación complementaria, o no hubieran manifestado su oposición al traslado.