CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LA PESCA DEPORTIVA Y RECREATIVA
Fecha de publicación:
24 de mayo de 2020
Fuente:
Consejería de Fomento y Medio Ambiente
Descripción:
El domingo, 24 de mayo de 2020, en el Boletín Oficial del Estado se ha publicado la Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Contenido:
En el caso de la actividad de la pesca deportiva y recreativa se informa que como consecuencia de la entrada de todas las provincias de Castilla y León en la Fase 1 del Plan para la desescalada se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa desde el lunes 25 de mayo según lo dispuesto en la citada Orden del Ministerio de Sanidad independientemente de que los territorios que hubieran llegado antes a dicha Fase 1 lo hubieran podido realizar ya desde el lunes 18 de mayo.
Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla. Se podrá pescar en las masas de agua pescable (aguas de acceso libre, cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas de pesca privada o aguas en régimen especial), respetando la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias:
- No se compartirán utensilios de pesca, ni utillaje de comida o bebida.
- Se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo
- Se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de pesca utilizados.
OBTENCIÓN DE PERMISOS EN COTOS Y DE PASES DE CONTROL EN AREC Y EDS
A través de la siguiente dirección
Servicios jcyl
los pescadores que cumplan los requisitos de movilidad decretados por el Gobierno de España podrán obtener los permisos y pases de control para el ejercicio de la pesca.