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Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) y Normas de Conservación (NC)

¿Qué es un Plan Rector de Uso y Gestión?
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) marca las directrices generales del Espacio. Se hace necesario, pues, otro instrumento más concreto que permita la gestión, protección y conservación de los valores de la zona, mediante el adecuado uso y gestión de sus recursos, con el fin de garantizar un aprovechamiento sostenido en armonía con el desarrollo de las poblaciones que lo habitan. Este documento es el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) que se constituye como el instrumento básico de gestión de los parques y reservas naturales.

Los PRUG fijarán las normas generales de uso y gestión de los parques y reservas naturales, concretando en el territorio los objetivos de conservación y gestión y el régimen de usos previstos en el Plan Director de la Red de Espacios Naturales y en los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) que les resulte de aplicación.

Llevarán a cabo la zonificación del espacio natural protegido, de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León y determinarán las medidas a implementar en su periodo de vigencia para la consecución de sus fines.

Se elaborará por la Consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural con la participación de las Entidades Locales vinculadas al Parque y del Patronato correspondiente.

Los PRUG se aprobarán mediante orden de la Consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural, desarrollándose mediante programas operativos aprobados por resolución de la dirección competente.
¿Qué es una Norma de Conservación?

Los monumentos naturales y paisajes protegidos tienen en las Normas de Conservación sus instrumentos específicos de planificación y gestión operativa.

En ellos habrá de establecerse la zonificación del mismo, si procede, la regulación de usos y las líneas de actuación necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos del espacio natural protegido, así como la determinación de las medidas a implementar en su periodo de vigencia.

En el caso de los paisajes protegidos, las Normas de Conservación recogerán las prescripciones a las que deberán adaptarse las posibles actuaciones territoriales que pudieran desarrollarse en ellos.

Las Normas de Conservación se aprobarán mediante orden de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural.