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Contaminación atmosférica. Calidad del aire de fondo regional para protección de la vegetación: Contaminación por Dióxido de Azufre, Óxidos de Nitrógeno y Ozono

Acceso a la gráfica del indicador:

CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA. CALIDAD DEL AIRE DE FONDO REGIONAL PARA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN: CONTAMINACIÓN POR DIÓXIDO DE AZUFRE (SO2), ÓXIDOS DE NITRÓGENO (NOX) Y OZONO (O3)
TIPO Estado
DEFINICIÓN Analiza por un lado las concentraciones medias anuales de Dióxido de Azufre (SO2) y Óxidos de Nitrógeno (NOx) medidas automáticamente en las estaciones de la Red EMEP (European Monitoring Evaluation Programme)/CAMP (Programa Integral de Control Atmosférico) españolas referidas, exclusivamente, a la protección de los ecosistemas y de la vegetación. Por otro lado el promedio en cinco años del AOT 40 (Accumulated Ozone Exposure over a threshold of 40 Parts Per Billion) obtenido de las mediciones automáticas de la concentración horaria de ozono en las estaciones de la Red EMEP/CAMP española.
RELEVANCIA El seguimiento de la calidad del aire en zonas alejadas de focos de emisión es una forma de controlar y evaluar ciertos procesos (acidificación, eutrofización, contaminación por ozono troposférico, dispersión de contaminantes, etc.). Por ello, permite conocer el fondo de contaminación existente.
Las estaciones de medida se suponen representativas de una gran superficie, alrededor de unos 50.000 Km2.
El Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire establece unos niveles críticos para la protección de la vegetación que son de 20 µg/m3 en el caso del SO2 y de 30 µg/m3 en el caso del NOx.
El AOT 40 es un índice que trata de cuantificar la incidencia del ozono en la vegetación. Se expresa en [?g/m3] × h y es la suma de la diferencia entre las concentraciones horarias superiores a los 80 ?g/m3, equivalente a 40 nmol/mol o 40 partes por mil millones en volumen, y 80 ?g/m3 a lo largo de un período dado utilizando únicamente los valores horarios medidos entre las 8:00 y las 20:00 horas de los días correspondientes a los meses de mayo, junio y julio. Según el Real Decreto 102/2011, el valor objetivo para la protección de la vegetación es un índice AOT 40 = 18000 µg/m3 h de promedio en un periodo de 5 años (que ha de cumplirse desde el 1 de enero de 2010).
PERIODO DE ACTUALIZACIÓN Anual
UNIDAD DE MEDIDA Concentraciones medias anuales de dióxido de azufre (SO2) y óxidos de nitrógeno (NOx) en µg/m3
Media en cinco años del AOT 40: µg/m3*h
FUENTES Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino

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