Sorteo de permisos turísticos en cotos de pesca 2025
NORMATIVA
Antes de cumplimentar y entregar la solicitud, se recomienda la lectura de la la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se establece el porcentaje de los permisos de pesca reservados a empresas turísticas para la temporada 2025 y se realiza la convocatoria del sorteo.
Los diferentes cotos de pesca de cada provincia con sus períodos hábiles, cupos, longitudes mínimas, cebos, número de permisos, límites y otros atributos, pueden consultarse en
Orden MAV/10/2024, de 10 de enero
por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca.
CALENDARIO RESUMEN
QUIÉN PUEDE SOLICITAR LOS PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS
Podrán solicitar estos permisos las personas físicas o jurídicas que realicen alguna de las siguientes actividades:
- Establecimientos de alojamiento turístico contemplados en el artículo 30 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.
- Actividades de intermediación turística previstas en el artículo 49 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre.
- Prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas, por parte de empresas turísticas.
PORCENTAJE DE PERMISOS EN COTOS DE PESCA RESERVADOS A EMPRESAS TURÍSTICAS
- Se reserva el 5% de los permisos disponibles en los cotos de pesca para la temporada 2025, para su adjudicación entre empresas turísticas por los procedimientos establecidos en los artículos 11 y 12 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre. Este porcentaje no supera el 10 % del conjunto de permisos en el cómputo regional, el 15 % del conjunto de permisos de cada provincia, el 15 % de los permisos de los cotos de alta ocupación ni el 30 % de los permisos del resto de cotos.
- Esta reserva del 5% se asignará entre las actividades siguientes a través de los siguientes porcentajes:
- Establecimientos de alojamiento turístico: 40 % de los permisos turísticos.
- Actividades de intermediación turística: 30 % de los permisos turísticos.
- Prestación de servicios por parte de empresas turísticas: 30 % de los permisos turísticos.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE PERMISOS TURÍSTICOS
- En una primera fase se convoca el sorteo en el que se asignará un orden de prioridad para la elección de los permisos reservados a las empresas turísticas para esta temporada.
- El plazo de presentación de solicitudes para participar en el sorteo es el comprendido entre el 1 y el 16 de diciembre de 2024, ambos incluidos. No se admitirán las solicitudes registradas fuera de plazo.
- Cada empresa turística solo podrá presentar una solicitud, aunque realice varias actividades turísticas o su ámbito de actividad profesional sea supraprovincial. En su solicitud la empresa deberá optar por una de las siguientes actividades: establecimientos de alojamiento turístico, actividades de intermediación turística, prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas. En caso de presentar más de una solicitud se considerará como válida la primera registrada.
- A cada solicitud registrada se le asignará un número correlativo en función del orden de presentación por actividad en la sede electrónica.
- El día 8 de enero de 2025, a las 12:00, se realizará un sorteo público en la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, calle Rigoberto Cortejoso, 14, en Valladolid, el que se determinará el orden de prioridad para la elección de permisos. Con anterioridad a la celebración del sorteo se publicará en la Sede Electrónica las tres listas numeradas de solicitudes por actividad a la que opta (establecimientos de alojamiento turístico, actividades de intermediación turística, prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas).
- Una vez efectuado el sorteo, la Dirección General resolverá y publicará el orden de prelación y el periodo de elección para cada empresa solicitante en la Sede Electrónica antes del 12 de enero de 2025. La elección comenzará por los establecimientos de alojamiento turístico, seguidos de las actividades de intermediación turística y por último las de prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas.
FECHAS
Las principales fechas de referencia en relación con los PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS:
- Plazo de Presentación de solicitudes: 1-16 diciembre de 2024
- Celebración del Sorteo: 8 de enero de 2025, a las 12:00 horas
- Resultado público de solicitantes y franjas de llamadas: 13 de enero de 2025
- Elección de los permisos: A partir del 5 de febrero de 2025 según el orden del sorteo
- Plazo máximo de asignación de permisos: 2 de marzo de 2025
En el caso de los PERMISOS TURÍSTICOS SOBRANTES EN COTOS DE PESCA:
- Plazo de petición de permisos turísticos sobrantes: Desde el 4 de marzo de 2025
ELECCIÓN, CUPOS Y PAGO DE LOS PERMISOS TURÍSTICOS TRAS EL SORTEO
- Las empresas turísticas podrán elegir los permisos turísticos conforme a su orden de prioridad. En todo caso, el plazo de elección finalizará el 4 de marzo de 2025.
- La elección se realizará a través de la Sede Electrónica mediante la clave proporcionada por esta Dirección General.
- Los establecimientos de alojamiento turístico solo podrán elegir permisos de pesca de cotos correspondientes a la provincia donde radique la dirección del inmueble de pernoctación del pescador.
- Se establecen los siguientes valores máximos de elección por empresa turística: diez permisos turísticos en el mismo día, cuarenta permisos en la misma semana, doscientos permisos a lo largo de la temporada 2025. No obstante, la Dirección General podrá autorizar la elección de permisos en un número superior a aquellas empresas turísticas que mediante memoria motivada justifiquen la necesidad de disponer de un mayor número de permisos para el desarrollo de una actividad turística concreta.
- Conforme al artículo 11.3 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, los permisos se reservarán a favor del adjudicatario hasta 15 días antes de su fecha de vigencia. Transcurrido ese plazo sin que hubieran sido abonados, se pondrán a disposición del conjunto de pescadores como permisos sobrantes.
- La empresa turística deberá abonar el permiso, admitiéndose como único medio de pago la tarjeta bancaria. Efectuado el pago, la empresa turística recibirá el localizador mediante SMS y/o correo electrónico. Solo procederá la devolución del importe del permiso en los casos en los que la Dirección General hubiera acordado la suspensión de la pesca en la misma fecha y coto del correspondiente permiso. No obstante, existe la posibilidad de anular los permisos directamente, siempre que lo realizaran con una antelación mínima de 7 días, sin necesidad de justificación alguna. El importe que será cargado en su bono personal que tiene como fecha límite de empleo el 31 de diciembre de 2024.
OBLIGACIONES PARA LAS EMPRESAS TURÍSTICAS ADJUDICATARIAS
Esta información también podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 (983 327 850) o en cualquiera de los teléfonos de los servicios territoriales de medio ambiente que estarán disponibles en la página de la Junta de Castilla y León
http://www.jcyl.es
CONDICIONES Y TARIFAS