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Pesca desde aparatos de flotación

Con carácter general, se permite la pesca desde aparatos de flotación en las aguas pescables embalsadas, siempre que el uso de los mismos esté autorizado por la administración competente en materia de navegación y no se encuentre prohibido expresamente en el Plan de Pesca del tramo correspondiente.

La Licencia de pesca habilita exclusivamente para la práctica de la misma en estas masas de agua.

No obstante la navegabilidad es una competencia propia de las correspondientes Confederaciones Hidrográficas. Mediante una Declaración responsable y el procedimiento correspondiente obtendrá una matrícula que le autoriza la navegación en las masas autorizadas y cuya renovación es anual. Para mayor información, contactar con el órgano de cuenca correspondiente al cual queda adscrita la masa de agua:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaMasas de agua en Castilla y León en las que se permite la pesca desde aparatos de flotación. (549 kbytes)

Para mayor comodidad del usuario, pueden localizarse las masas de agua en las que se permite la pesca desde aparatos de flotación, incluidas las aguas de acceso libre, a través de la activación de la capa de información denominada “Pesca desde aparatos de flotación” en el Visor de pesca del Portal de Pesca de Castilla y León mediante siguiente enlace web:  https://pescacastillayleon.es/visor/

Confederaciones hidrográficas

Confederación Hidrográfica del Duero

Confederación Hidrográfica del Duero

Declaración responsable para la Navegación

La información que se facilita es exclusivamente a título informativo, dirigiendo todas las actuaciones al respecto al órgano de cuenca correspondiente conforme se indica.

Competencia: Confederación Hidrográfica de la Confederación Hidrográfica del Duero.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaInformación (285 kbytes)

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaModelo de solicitud (192 kbytes)

Plazo máximo de resolución No aplicable art. 21.4 LPAC

Acceso a la web de la Confederación Hidrográfica del Duero

No olvide leer la hoja informativa. Las Declaraciones Responsables que no estén debidamente cumplimentadas serán objeto de inadmisión, siendo necesario en este caso presentar una nueva Declaración Responsable.

La Declaración Responsable se presentará con una antelación mínima de 1 mes al inicio del ejercicio de la actividad.

El plazo declarado únicamente podrá ser de 6 o 12 meses.

Preste atención al lugar y forma de presentación.

En caso de duda contacte con Atención al Público o en info@chduero.es

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