Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Medio Ambiente de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Periodos y días hábiles

  • Ir a descargas

CAZA MENOR 

  • Temporada general: desde el cuarto domingo de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente. Con carácter general, no se podrá cazar tres o más días consecutivos sobre las mismas especies excepto si el Plan cinegético aprobado lo contempla.
  •  Liebre con galgo: desde el día 12 de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente.
  • Zorro: Además de en la temporada general y en media veda, se podrá cazar el zorro durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor.
  • Caza de paloma torcaz y zorzales en pasos: desde el 1 de octubre hasta el segundo domingo de febrero del año siguiente.
  • Media veda:

(*) Siempre que el 25 de agosto sea día hábil de caza se podrá cazar sobre las especies referidas; en el caso de ser no hábil, la caza se podrá iniciar a partir del primer día hábil (martes, jueves, sábado o domingo).

CAZA MAYOR 

  • Ciervo y gamo
    • Desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
    • Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
  • Muflón: durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
  • Corzo: 
    • Para ambos sexos: desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.
    • Sólo hembras: desde el 1 de enero hasta el hasta el cuarto domingo de febrero.
  • Rebeco: desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre.
  • Cabra montés: desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre 
  • Jabalí
    • Desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el 1 de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
    • Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades.

DÍAS HÁBILES

  • CAZA MENOR 
    • Temporada general: Jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, excepto para la caza de paloma torcaz y zorzales en pasos en el no hay limitación de días hábiles. .
    • Media veda: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico. 
  • CAZA MAYOR: los estipulados en la aprobación de los correspondientes Planes Cinegéticos.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • CAZA MENOR.
    • Limitación de cazar más de 3 días consecutivos sobre las mismas especies: sólo se aplica para la temporada general de las especies de caza menor excepto si el plan aprobado lo contempla
    • Becada: su caza se podrá practicar exclusivamente en las modalidades de al salto, o a rabo, y en mano. Se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día.
    • Codorniz: Se establece un cupo de 20 ejemplares por cazador y día, durante la media veda. No se permite su caza en la temporada general. Los titulares cinegéticos deberán disponer de un mecanismo de control efectivo de capturas de acuerdo con lo establecido en la  Orden AGR/743/2026, de 29 de julio, por la que se establecen medidas de protección para las especies cinegéticas
    • En el caso de utilizar la opción de registro de las capturas a través del Modelo de ficha de control de capturas diarias de codorniz, Media Veda 2026, el titular deberá grabar los resultados de las mismas mediante la aplicación disponible en el siguiente enlace:  https://www.capturascotos.app/
    • Tórtola común: Se establece un cupo de 6 ejemplares por cazador y día, solo en los cotos autorizados en la Orden AGR/743/2026, de 29 de julio, por la que se establecen medidas de protección para las especies cinegéticas
    • Avefría: Se establece un cupo de 4 ejemplares por cazador y día.
    • Agachadizas: Se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día para ambas agachadizas (computadas de forma conjunta).
    • Silbón europeo: Se establece un cupo de 2 ejemplares por cazador y día.
  • CAZA MAYOR.
    • Jabalí: se amplía el periodo de aprovechamiento de su caza, en la modalidad de rececho y aguardo/espera, durante los meses de abril, mayo, junio, julio y septiembre.
    • Aplicación del Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor: el titular del coto, o el arrendatario en su caso, deberá comunicar al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería correspondiente aquellas monterías y ganchos/batidas en las que el número de puestos sea superior a 40 o aquellas en las que se prevea abatir más de 20 piezas de caza mayor.