Periodos y días hábiles
1. CAZA MENOR
- Temporada general: desde el cuarto domingo de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente. Con carácter general, no se podrá cazar tres o más días consecutivos sobre las mismas especies excepto si el Plan cinegético aprobado lo contempla.
- Liebre con galgo: desde el día 12 de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente.
- Zorro: Además de en la temporada general y en media veda, se podrá cazar el zorro durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor.
- Caza de paloma torcaz y zorzales en pasos: desde el 1 de octubre hasta el segundo domingo de febrero del año siguiente.
- Media veda:
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Desde el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro.
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Desde el 25 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar, además, las siguientes especies: tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía.
2. CAZA MAYOR
- Ciervo y gamo:
- Desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
- Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
- Muflón: durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
- Corzo:
- Para ambos sexos: desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre.
- Sólo hembras: desde el 1 de enero hasta el hasta el cuarto domingo de febrero.
- Rebeco: desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre.
- Cabra montés: desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre
- Jabalí:
- Desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto y desde el 1 de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera.
- Desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades.
DÍAS HÁBILES
- 1. CAZA MENOR
- Temporada general: Jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, excepto para la caza de paloma torcaz y zorzales en pasos en el no hay limitación de días hábiles. .
- Media veda: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
- 2. CAZA MAYOR
Los estipulados en la aprobación de los correspondientes Planes Cinegéticos.
OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS
- 1. CAZA MENOR.
- Limitación de cazar más de 3 días consecutivos sobre las mismas especies: sólo se aplica para la temporada general de las especies de caza menor excepto si el plan aprobado lo contempla
- Becada: su caza se podrá practicar exclusivamente en las modalidades de al salto, o a rabo, y en mano. Se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día.
- Codorniz: se establece un cupo de 20 ejemplares por cazador y día.
- Tórtola común: se establece un cupo de 0 ejemplares por cazador y día.
- Avefría y agachadizas: se establece un cupo de 4 ejemplares por cazador y día para el avefría y de 3 para ambas agachadizas (computadas de forma conjunta)
- 2. CAZA MAYOR.
- Jabalí: se amplía el periodo de aprovechamiento de su caza, en la modalidad de rececho y aguardo/espera, durante los meses de abril, mayo, junio, julio y septiembre.
- Aplicación del Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor: el titular del coto, o el arrendatario en su caso, deberá comunicar al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería correspondiente aquellas monterías y ganchos/batidas en las que el número de puestos sea superior a 40 o aquellas en las que se prevea abatir más de 20 piezas de caza mayor.