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Domiciliación de licencias

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NOVEDAD

Con la entrada en vigor de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, se suspende la domiciliación para la obtención de las licencias de caza del tipo A y B y la licencia de pesca. Aquellas personas que posean una orden de domiciliación activa y estén en el periodo de devolución voluntario de 2 meses desde la recepción del cargo en su cuenta bancaria, podrán devolver el recibo y obtener de oficio una licencia gratuita del tipo BC- BONIFICADA ARMA DE FUEGO (TIPO A), BG -BONIFICADA CAZA CON GALGO (TIPO B) o BP- BONIFICADA PESCA (P1). En el caso del resto de licencias (Licencias Interautonómicas /Rehalas), se mantienen activas a cobro las correspondientes órdenes de domiciliación, salvo que se remita en tiempo y forma la correspondiente orden de baja de domiciliación.

Si opta por la domiciliación, recibirá la nueva licencia en su domicilio antes de que caduque la anterior.

Se pasarán al cobro con una antelación de 90 días, para que puedan recibirlas con 15 días de anticipación respecto a la fecha de inicio y fin de vigencia que tuviese la última válida en vigor del mismo tipo.

Para  realizar este trámite, es imprescindible que nos facilite cumplimentada y firmada el titular de la cuerta de cargo la Orden de Domiciliación que figura en el área de descargas (también puede obtenerse en las oficinas de expedición).

Puede remitirla por alguna de las siguientes vías:

Por último, recordarle que existen sistemas alternativos al de la domiciliación para obtener su licencia "on line" a los que pueden acceder desde el siguiente sitio web: Caza y pesca .

Si se desea dar de baja una domiciliación, debe presentar en la misma forma y condiciones descritas anteriormente el modelo de BAJA que aparece en el apartado de descargas.