Para aquellas personas que pretendan ejercer la caza en Castilla y León y no posean documentación de caza emitida en España (Licencia o Certificado de Aptitud de alguna otra Comunidad Autónoma), sino que aporten documentación de caza emitida por algún país extranjero deberán acreditar haber superado el examen del cazador o requisito equivalente en otro Estado.
Las personas extranjeras en cuyo Estado no se exija un requisito equivalente; estas personas solo podrán practicar la caza en Castilla y León acompañadas por un cazador que haya superado el examen del cazador o estuviera en alguno de los supuestos de exención citados en este apartado
La documentación a presentar a través a través del contacto por correo electrónico será:
Página del pasaporte donde figure el nombre, apellidos, fecha de nacimiento y número de pasaporte
Copia fiel de la documentación de caza emitida en otro país, acompañada de la traducción jurada al castellano (en la que conste la identidad del traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación).
Licencia de pesca
Para aquellas personas que pretendan ejercer la pesca en Castilla y León, sólo es necesario la presentación del documento de identidad del país de origen/ pasaporte, donde figuren el nombre, apellidos, fecha de nacimiento y número de pasaporte.