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Cazadores con documentación emitida en el extranjero

Para aquellas personas que pretendan ejercer la caza en Castilla y León y no posean documentación de caza emitida en España (Licencia o Certificado de Aptitud de alguna otra Comunidad Autónoma), sino que aporten documentación de caza emitida por algún país extranjero deberán acreditar haber superado el examen del cazador o requisito equivalente en otro Estado. 

Las personas extranjeras en cuyo Estado no se exija un requisito equivalente; estas personas solo podrán practicar la caza en Castilla y León acompañadas por un cazador que haya superado el examen del cazador o estuviera en alguno de los supuestos de exención citados en este apartado

La documentación a presentar será:

• Página del pasaporte donde figuren los nombres, apellidos, fecha de nacimiento y número de pasaporte

• Copia fiel de la documentación de caza emitida en otro país, acompañada de la traducción jurada al castellano (en la que conste la identidad del traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación).

Contacto: email:  cazaypescacyl@jcyl.es y teléfono 983419000- Ext:801681-801682.