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Sistema comunitario de gestión y auditorías ambientales (EMAS)

Acceso a la inscripción en el Registro

Acceso a la inscripción en el registro del Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS)

Información General

¿Qué es EMAS?

El sistema comunitario de gestión y auditorías ambientales (Eco-Management and Audit Scheme [EMAS]) es un mecanismo voluntario destinado a las empresas y organizaciones que quieren comprometerse a evaluar, gestionar y mejorar su comportamiento en materia medioambiental.

Se encuentra regulado en el Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009.

EMAS promueve la mejora continua del comportamiento ambiental de las organizaciones mediante: 

  • La implantación de un sistema de gestión ambiental.
  • La evaluación sistemática, periódica y objetiva de este sistema.
  • Información al público y a las partes interesadas.
  • Formación e implicación activa de los trabajadores. 

La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental es el organismo competente en Castilla y León para la tramitación de la inscripción en registro del sistema comunitario de gestión y auditorías ambientales (EMAS).

¿Quién puede participar en EMAS?

EMAS está abierto a cualquier organización pública o privada que desee mejorar su comportamiento en materia de medio ambiente.

¿Cuáles son las etapas de aplicación de EMAS?

Para poder registrarse en EMAS, una organización debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Llevar a cabo un análisis medioambiental.
    Considerar las repercusiones sobre el medio ambiente de todas sus actividades: los procesos productivos, los productos y servicios, los métodos de evaluación y el marco legal, así como las prácticas y procedimientos de gestión medioambiental existentes.
  2. Establecer un sistema de gestión medioambiental (SGM).
    Basándose en los resultados del análisis medioambiental, establecer un sistema de gestión medioambiental efectivo destinado a alcanzar los objetivos de la política medioambiental de la organización. El sistema de gestión tiene que definir responsabilidades, objetivos, medios, procedimientos, necesidades de formación y sistemas de control y comunicación.
  3. Efectuar una auditoría medioambiental.
    Evaluar el sistema de gestión existente y el comportamiento medioambiental de la organización con respecto a su política y su programa medioambientales y sus obligaciones legales.
  4. Preparar una declaración medioambiental.
    Esta declaración expone los resultados que se han logrado en relación con los objetivos medioambientales. También muestra cómo la organización planifica mejorar continuamente su comportamiento medioambiental.
  5. Obtener una verificación independiente por parte de un verificador EMAS.
    El análisis medioambiental, el sistema de gestión medioambiental, el procedimiento de auditoría y la declaración medioambiental deben ser examinados por un verificador acreditado por la Entidad Nacional de acreditación (ENAC).
  6. Registrarse en un organismo competente del Estado miembro.
    La declaración medioambiental validada debe ser enviada al organismo competente para su registro y además ser puesta a disposición del público.
  7. Utilizar la información contenida en la declaración medioambiental validada para informar de su comportamiento medioambiental en marketing, para la evaluación de la empresa por parte de clientes y en contratación.

¿Cuáles son las ventajas de la participación en EMAS?

Las ventajas para las organizaciones participantes son muchas. Tales como:

  • Ahorro de recursos y reducción de costes.
  • Gestión medioambiental de gran calidad.
  • Asesoramiento de calidad por parte de verificadores externos con formación y experiencia específicas en el sector.
  • Gestión de los riesgos medioambientales. 
  • Garantía del pleno cumplimiento de la legislación medioambiental.
  • Menor riesgo de sanciones relacionadas con la citada legislación. 
  • Información medioambiental validada independientemente.
  • Uso del logo EMAS como herramienta de marketing.
  • Nuevas oportunidades de negocio en mercados donde los procesos de producción ecológicos son importantes.
  • Mejores relaciones con los clientes, el entorno local y general, y la Administración. 
  • Mejor entorno de trabajo.
  • Mayor compromiso de los empleados.
  • Mayor capacidad para la creación de equipos. 

¿Y si una organización ya posee el certificado ISO 14001?

La Unión Europea ha reconocido que la norma internacional para los sistemas de gestión medioambiental EN/ISO 14001 puede constituir una etapa previa a EMAS. La adopción de ISO 14001 como sistema de gestión medioambiental permitirá a las organizaciones pasar de la norma ISO 140001 a EMAS sin duplicar esfuerzos.

Sin embargo EMAS va más allá que ISO 14001 en muchos aspectos. Las organizaciones que participan en EMAS también tiene que cumplir otros requisitos: 

  • Actuación
    Comprometerse a mejorar continuamente su comportamiento ambiental.
    Demostrar que cumplen con la legislación de medio ambiente.
  • Transparencia
    Poner a disposición del público sus políticas, programas y sistemas de gestión medioambientales, así como la información esencial sobre su comportamiento ambiental.
    Demostrar que tienen un diálogo abierto con las partes interesadas (empleados, autoridades locales, suministradores, etc.). 
  • Credibilidad
    Obtener una validación por un verificador acreditado y registrarse en un organismo competente.

Base Legal  

REGLAMENTO (UE) 2018/2026 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2018 que modifica el anexo IV del Reglamento (CE) n.o 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)

REGLAMENTO (UE) 2017/1505 DE LA COMISIÓN de 28 de agosto de 2017 por el que se modifican los anexos I, II y III del Reglamento (CE) n.o 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)

DECRETO 53/2015, de 30 de julio, por el que se establecen los procedimientos para la tramitación, suspensión y cancelación de la inscripción en el Registro de organizaciones adheridas al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales en la Comunidad de Castilla y León.

Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.

Real Decreto 239/2013 de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.

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