Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Medio Ambiente de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Obligación de información de los titulares de EDAR

Los titulares de las EDAR ubicadas en Castilla y León que generen lodos de depuración (con código LER 02 02 04, 02 03 05, 02 04 03, 02 05 02, 02 06 03, 02 07 05, 19 08 05 ó 20 03 04) deberán presentar anualmente, antes del 1 de marzo de cada año, el anexo I de la Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario, según establece el artículo 2 de dicha orden. Toda la información sobre este trámite está disponible en el siguiente  Anexo I de la Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario: Información de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) .