Además, en su artículo 8 se establece que en los centros, servicios y establecimientos sanitarios la administración sanitaria garantizará la disponibilidad de los materiales de protección necesarios en las ubicaciones pertinentes, la limpieza y desinfección de las áreas utilizadas y la eliminación de residuos, así como el mantenimiento adecuado de los equipos e instalaciones
Asimismo, el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 aprobado por
Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León
fija el uso de mascarilla cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal, según lo dispuesto en el citado Real Decreto-ley.
Por otra parte, la disposición adicional segunda del
Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero
prevé normas de gestión de residuos domésticos (tanto para su manejo domiciliario en hogares con pacientes, o en cuarentena por COVID-19 como para su gestión posterior) así como sobre la gestión de los residuos procedentes de hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorio, y establecimientos similares en contacto con COVID-19, completando en este último caso lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.