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Inspecciones en traslados transfronterizos de residuos

El Reglamento (CE) 1013/2006, relativo a los traslados de residuos determina que los Estados Miembros deben realizar inspecciones en establecimientos, empresas, agentes y negociantes, e inspecciones de los traslados de residuos y de la valorización o eliminación correspondiente.

Asimismo, establece para ellos la obligación de aprobar, bien por separado o bien como parte claramente determinada de otros planes, planes para llevar a cabo las mencionadas inspecciones, basados en una evaluación de riesgos, que incluyan los elementos que se relacionan en el apartado 2bis de dicho artículo.

En Castilla y León el plan de inspección en materia de traslados transfronterizos de residuos se ha integrado como una línea de actuación del Plan de Inspección Ambiental 2020-2022 de Castilla y León .

En su elaboración se han seguido las directrices consensuadas en la Red de Inspección Ambiental (REDIA) y las recomendaciones de la Red de la Unión Europea para la aplicación y cumplimiento de la legislación ambiental (IMPEL)

Programas de Inspección Ambiental