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Normativa

Antecedentes

A finales de 1991, el Consejo de la Unión Europea aprobó la Directiva del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en agricultura (91/676/CEE) con el objetivo de dar respuesta a los problemas de contaminación de las aguas por nitratos detectados en la década de los 80, y motivado en el desarrollo de las explotaciones ganaderas de cría intensiva (pollos, cerdos, etc.) en determinadas zonas y el desarrollo de cultivos intensivos a los que se les aporta una cantidad excesiva de abonos.

Los puntos esenciales de esta norma son:

  1. Designación de las zonas vulnerables en el plazo de dos años desde su notificación, es decir, antes del 19 de diciembre de 1993, y posteriormente su revisión cada cuatro años.
  2. Publicación de un Código de Buenas Prácticas Agrarias en el plazo anterior y su actualización periódica.
  3. Establecimiento de los programas de actuación aplicables en las zonas vulnerables en el plazo de dos años desde la designación de las zonas vulnerables. Estos programas de actuación contienen las medidas a tomar para prevenir la contaminación de la aguas por nitratos y recuperar las ya contaminadas.
  4. Establecimiento de una red de vigilancia mediante puntos de muestreo de aguas subterráneas distribuidos por el territorio, cuestión que, por otra parte, ha sido incluida en la Directiva Marco del Agua.

El Reino de España incorporó esta Directiva a su ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, con los mismos puntos que la directiva y teniendo en cuenta la normativa de aguas. Un cuarto de siglo después, partiendo de la estructura e instrumentos contemplados en el citado real decreto, con el fin de reforzar el alcance de los mismos, y partiendo de la experiencia adquirida, los trabajos y estudios desarrollados y la jurisprudencia asentada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y en línea con los compromisos adquiridos por nuestro país derivados de, entre otros instrumentos de planificación estratégica, la Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad para 2030, se aprobó el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

Esta nueva norma viene a derogar y sustituir al Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero. Entre las modificaciones más relevantes que se introducen, destaca la identificación como aguas afectadas aquellas que por su contaminación por nitratos originados en las actividades agrarias no alcancen los objetivos ambientales definidos por la Directiva Marco del Agua; se imponen requisitos más exhaustivos a los programas de seguimiento y muestreo de esta contaminación; y se refuerza la coordinación entre las distintas administraciones con competencias en la materia.

Ya en el plano autonómico, en 1998, la Junta de Castilla y León designó las zonas vulnerables de Castilla y León mediante un decreto que aprobó además el Código de Buenas Prácticas Agrarias, y que posteriormente sería actualizado mediante el Decreto 40/2009, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias derogando el decreto anterior.

Posteriormente, se sometió a examen el número de zonas vulnerables designadas, ampliándolas y redistribuyéndolas en una nueva declaración mediante el Decreto 5/2020, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias.

De este modo, el texto del Decreto 5/2020, de 25 de junio, declara 24 zonas vulnerables integradas por 387 municipios, frente a las 10 zonas y 67 municipios que contenía el decreto precedente. Una propuesta muy ambiciosa, que aumenta en más de 10.000 kilómetros cuadrados la superficie de la Comunidad declarada como zona vulnerable, pasando de 2.340 kilómetros cuadrados a 14.414. Esto supone tener una figura de protección sobre el 15 % de la superficie de la Comunidad, que representa el 20 % de la superficie agraria útil de Castilla y León.

Las 24 zonas vulnerables incluidas en el anexo I del decreto, que afectan 387 municipios, se distribuyen por provincias de la siguiente manera: Ávila, la Moraña; Burgos, zonas de Aranda de Duero, Aluvial Miranda de Ebro, Aluvial del Oca, Aluvial del Tirón, Castrojeriz-Villadiego, Ibeas de Juarros y algún municipio de la zona de Páramo de Esgueva; León, la zona Páramos de León; Palencia, zona Campos-Astudillo, Páramo de Esgueva y Páramo de Torozos; en la provincia de Salamanca, las zonas vulnerables son Armuña-Peñaranda, Armuña-Salamanca y Campo Charro; en Segovia, están incluidas las zonas Churrería, Arenales y Cantimpalos-Segovia; en Soria, las zonas Ágreda-Ólvega, Almazán y Fuentes Cantos; Valladolid presenta la zona de Arenales, Churrería, Medina, Páramo de Esgueva, Páramo de Torozos y Tordesillas; y finalmente Zamora, cuenta como zonas vulnerables Villafáfila y Zamora.

Además, aprobó un nuevo código de buenas prácticas agrarias aplicable con carácter voluntario en todo el territorio de Castilla y León, lo que unido a la obligación de llevar al día un libro de registro de la aplicación de fertilizantes por los ganaderos aprobado mediante la Orden MAM/1260/2008, de 4 de julio, por la que se establece el modelo de libro registro de operaciones de gestión de deyecciones ganaderas para las actividades e instalaciones ganaderas en la Comunidad de Castilla y León, constituye el eje de la prevención de la contaminación de las aguas por nitratos de origen agropecuario desarrollado desde esta Consejería.

Así mismo, mediante la Orden MAV/398/2022, de 29 de abril, se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León y que es de aplicación a agricultores y ganaderos cuyas explotaciones estén ubicadas en las zonas vulnerables designadas por el Decreto 5/2020, de 25 de junio.

Recopilación de Normativa

  • Directiva del Consejo de 12 de diciembre de 1991 relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en agricultura (91/676/CEE)
Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDirectiva del Consejo de 12 de diciembre de 1991 (879 kbytes)  
  • Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (BOE nº 17 de 20-01-2022)

Real Decreto 47/2022, de 18 de enero  
  • Orden MAM/1260/2008, de 4 de julio, por la que se establece el modelo de libro registro de operaciones de gestión de deyecciones ganaderas para las actividades e instalaciones ganaderas en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL nº 136 de 16-07-2008)

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaOrden MAM/1260/2008 (514 kbytes)  
  • Decreto 5/2020  de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias (BOCyL nº 130 de 30-06-2020)

DECRETO 5/2020, de 25 de junio

Orden MAV/398/2022, de 29 de abril, por la que se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León (BOCyL nº 85 de 05-05-2022)

ORDEN MAV/398/2022, de 29 de abril