De acuerdo con el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, las actividades ganaderas destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos deberán disponer de una autorización ambiental integrada para su funcionamiento siempre que dispongan de más de:
- 40.000 plazas si se trata de gallinas ponedoras o del número equivalente en excreta de nitrógeno para otras orientaciones productivas de aves de corral. Instalaciones ganaderas dedicadas a la cría y engorde, en explotaciones intensivas, de todo tipo de aves, tanto para la producción de carne como para la producción de huevos o para reproducción. El número equivalente para otras aves es el siguiente: – 85.000 pollos de engorde.
- 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg.: El equivalente en contaminación para cerdos menores – 2.500 plazas de cerdos de cebo de más de 20 kg.
- 750 plazas para cerdas reproductoras. Instalaciones ganaderas dedicadas a la cría y engorde de cerdos en explotaciones intensivas.
Para determinar las condiciones ambientales de esta autorización ambiental que determinarán el funcionamiento de estas instalaciones, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el día 21 de febrero de 2017 la
Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión (763 kbytes)
de 15 de febrero de 2017 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTDs), en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos y que deben ser cumplidas por las instalaciones en la medida en la que les sean de aplicación.
Además el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos para la reducción de emisiones, crea en su artículo 11, el Registro General de Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones, adscrito a la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, que será gestionado por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Los titulares de explotaciones porcinas antes del 1 de marzo de cada año deberán comunicar a las autoridades competentes las Mejores Técnicas Disponibles aplicadas en la explotación. mediante una declaración anual en el marco de lo establecido en el Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria y todo ello mediante la
herramienta ECOGAN
que permite hacer esta declaración, así como el cálculo de las emisiones de Gas nitrógeno (N2), óxido nitroso (N2O), óxidos de nitrógeno (NOX), amoníaco (NH3), metano (CH4) a efectos de la notificación de emisiones en el
Registro Europeo de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
para las instalaciones existentes y a los efectos del cálculo teórico de las emisiones de un nuevo proyecto de granja o modificaciones de granjas existentes.
Además de lo anterior, las autorizaciones ambientales estarán condicionadas a las prescripciones que se deriven de la declaración de la zona en la que se ubiquen como zona vulnerable a la contaminación por nitratos. La información a este respecto se puede consultar en
https://medioambiente.jcyl.es/web/es/calidad-ambiental/contaminacion-agraria-difusa.html
También se aplicarán a las granjas sometidas al régimen de autorización ambiental las condiciones ambientales que sean de aplicación a la granja establecidas en el
DECRETO 4/2018, de 22 de febrero, por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas de Castilla y León
que no contradigan las indicadas en las MTD que prevalecen sobre estas.
DOCUMENTOS Y ENLACES DE INTERÉS
Los trámites necesarios para una autorización ambiental siguen estando colgados en el apartado de
Trámites