Tienen obligación de mantener un archivo cronológico de residuos:
todas las entidades o empresas inscritas en el Registro de producción y gestión de residuos:
los productores que generen más de 10 toneladas de residuos no peligrosos al año
No se exige archivo cronológico a los productores cuando gestionen sus residuos a través de las entidades locales, conforme al artículo 12.5. de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
En este archivo se debe incorporar la información contenida en la acreditación documental de las operaciones de producción y gestión de residuos (documentos de identificación de residuos).
II. Archivo cronológico de subproductos
Tienen obligación de mantener un archivo cronológico:
las entidades o empresas que generen subproductos
las entidades o empresas que utilicen subproductos
La información del archivo cronológico de residuos o de subproductos se debe conservar durante, al menos, 5 años, y estará a disposición de las autoridades competentes para su inspección y control.
CONTENIDO Y MODELOS
Archivo cronológico para productores de residuos:
Contenido: se deben recoger, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza (código LER, LER-RAEE) y, en su caso, origen (proceso generador) del residuo generado; datos del transporte y del destino del residuo (instalación y operación de tratamiento) y datos del almacenamiento de los residuos en el lugar de producción.
Nota: Mediante la aplicación de archivo cronológico on-line (ACRO), el productor de residuos puede acceder, a tiempo real, a los datos de gestión de los residuos peligrosos (todos) y de los residuos no peligrosos enviados a eliminación. Asimismo, puede grabar y mantener los datos del almacenamiento de residuos en su centro.
Archivo cronológico para instalaciones de tratamiento de residuos
El modelo se integra en la aplicación ACRO, a través de la cual se realiza el mantenimiento del archivo cronológico on-line.
Mediante la aplicación ACRO, el gestor de la instalación de tratamiento puede disponer, en tiempo real, de los datos de las entradas y salidas de los residuos peligrosos (todos) y de los residuos no peligrosos enviados a eliminación, procedentes de la acreditación documental de los traslados. Asimismo, puede grabar y mantener los datos del almacenamiento de residuos en su centro.
Archivo cronológico para negociantes de residuos:
Contenido: se deben recoger, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza (código LER, LER-RAEE), datos del origen, transporte y destino del residuo y operación de tratamiento.
Entidades o empresas que generen subproducto: registro cronológico de la naturaleza, cantidades producidas y gestionadas como subproducto, así como de los destinos de los mismos.
Entidades o empresas que utilicen subproductos: registro cronológico de la naturaleza, las cantidades utilizadas y su procedencia
ARCHIVO CRONOLÓGICO ON LINE (ACRO)
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación legal, la Junta de Castilla y León ha desarrollado la aplicación informática ACRO (archivo cronológico on-line), a la que tienen acceso los siguientes centros:
Productores de residuos inscritos en el Registro de producción y gestión de residuos de Castilla y León.
Gestores de instalaciones de tratamiento de residuos autorizadas en Castilla y León.
ACRO permite el mantenimiento on-line de la mayor parte de la información necesaria para el archivo cronológico, y ofrece una serie de ventajas adicionales en el control y la trazabilidad de los residuos.
Más información sobre el acceso a la aplicación ACRO, detalles de su funcionamiento y la información que contiene: